Distinguir estas dos entidades es fundamental para entender la normativa cuando toque estudiarlo. Es buena idea conocerla y ver las competencias y funciones que tiene cada una.
- EASA: Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea.
- AESA – Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
Vamos a dar más detalles a continuación
- EASA es la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea, cuya principal función es unificar los estándares comunes en todos los Estados miembros para velar por la seguridad de las operaciones en la aviación civil.
Esta estandarización se consigue mediante la redacción de normas comunes de aplicación en todos los estados miembros. Por ello, para la estandarización en materia de UAS han desarrollado los Reglamentos (UE) 2019/947 y (UE) 2019/945. - AESA es el organismo estatal que vela por el cumplimiento de las normas de aviación civil en el conjunto de la actividad aeronáutica en España, promueve el desarrollo y aplicación de la legislación aeronáutica para conseguir aportar seguridad, calidad y sostenibilidad al sistema de aviación civil nacional.
En caso de incumplimiento de las normas de aviación civil en territorio nacional, AESA es quien tiene la potestad sancionadora.
Fuente: Drones | AESA-Agencia Estatal de Seguridad Aérea - Ministerio de Fomento (seguridadaerea.gob.es)
Artículo adicional de interés: Diferencias entre AESA y EASA(aromatherapia.org)